
La última semana, dentro del Congreso del Estado, se llevó a cabo la votación a favor del dictamen que desechó la legalización del aborto, situación que provoco múltiples críticas, positivas y negativas, lo que me hizo reflexionar sobre algunas de mis propias razones del porque decidí ser ProVida.
Para explicarlo debo escribir primero lo que es delito; un acto típicamente antijurídico, culpable e imputable a una persona, castigado con una sanción penal, por lo que; Primero se debe tener claro que en el delito existen sujetos y objetos, los sujetos son el activo, que comete el delito, y el pasivo quien lo sufre; Los objetos que protegen la legislación penal son el material, sobre lo que recae el acto y el objeto jurídico también llamado “el bien jurídico a tutelar”, siendo el legislador quien decide de primera instancia qué valor el Estado le reconoce a este bien y que medidas se tomaran para salvaguardarlo, según ese valor asignado.
De la definición de delito podemos concluir que no solo del acto o su ausencia se conforma un delito, sino que cuenta con varios elementos; positivos y negativos (siendo los negativos lo que llamamos la contra norma, es decir las proposiciones permisivas para poder realizar lo no permitido), en la conducta existe la tipicidad o atipicidad, es decir para que sea delito la conducta, esta debe estar contemplada en la legislación como tal, también debe de contemplar la antijuridicidad significa que la acción debe ser opuesta al derecho, contraria a la norma; o bien las causas de justificación existentes, como lo son: las causas de exclusión, de inculpabilidad, impunidad entre otras, estas causas son circunstancias que eximen o excluyen de responsabilidad, es decir lo que justifica que aunque el sujeto activo realice una acción típica y antijuridica, no sea culpable, imputado o sancionado, por ejemplo, la legitima defensa, la orden de un superior jerárquico, el cumplimiento de un deber, el legítimo derecho, o lo constreñido a encontrarse en estado de necesidad, cada causa tiene a su vez elementos a cumplir; La imputabilidad o inimputabilidad es decir que el sujeto activo sea capaz de comprender los hechos, siendo causas de inimputabilidad por ejemplo: la minoría de edad, la idiotez, la deficiencia mental;
La culpabilidad, que se mide según el dolo utilizado pudiendo ser el origen de la comision de los delitos la negligencia, imprudencia, impericia e inclusive la inobservancia de la ley, en cambio cuando un acto es culposo quiere decir que se realizó sin la intención de los resultados obtenidos, siendo el elemento negativo la inculpabilidad es decir que puede existir algún error como el no saber que se está cometiendo un delito o el hacer una acción con la intención de otro resultado. Segundo, el Código Penal de San Luis Potosí define aborto de la siguiente manera; «Comete el delito de aborto quien causa la muerte del producto de la concepción en cualquier momento del embarazo».
Lo primero a considerar, y aunque podría parecer evidente no lo es tanto, es que para que exista aborto, debe existir primero embarazo, superando esto podemos decir que; El sujeto activo es quien causa la muerte, no solo madre, el que sea que la cause y el sujeto pasivo es el producto de la concepción; El objeto material a proteger es el feto, y el objeto jurídico, el bien, el valor, el principio a salvaguardar es la vida. La conducta es causar la muerte del producto, producto es el resultado de un proceso, en este caso el embarazo, que es el período que transcurre desde la implantación en el útero del óvulo fecundado (concepción) al momento del parto.
El código penal estipula los grados de culpabilidad, y punibilidad según la participación, así como las excluyentes del delito de aborto en San Luis Potosí, siendo estos; Que el resultado sea a consecuencia de una acción culposa de la mujer embarazada, es importante señalar a diferencia del sujeto activo del delito que puede ser quien sea, el sujeto de esta excluyente es especificamente la mujer embarazada; Que el embarazo sea resultado de una violación o inseminación indebida, hechos que ya no necesitan una sentencia ejecutoriada con base en la norma NOM-046-SSA2-2005, situación en la que personalmente no estoy de acuerdo, no creo que las circunstancias en las que fuimos concebidos deban ser las responsables de otorgar que valor tiene o no tiene una vida, en este caso, poco importa lo que pienso, ya que llegue tarde a este debate, jurídicamente ya esta superado, la última; Que la madre corra el peligro de muerte, cada fracción tiene sus requisitos, siendo la sanción para la madre que comete aborto de uno a tres años de prisión, cabe señalar que con el nuevo sistema de justicia penal puede ser sustituida la prisión por otra medida como el trabajo comunitario.
Teniendo claro los elementos positivos y negativos del delito, y en este caso del aborto sabemos que las excluyentes mencionadas en el artículo 150 del Código Penal no son para decretar la ausencia de la acción, de la culpabilidad o la inimputabilidad de la acusada, es para que a pesar que se realizo un acto típico antijuridico, consiente y con la voluntad de la acusada, también hay causas de impunidad por la cual no se debe sancionar.
Luego entonces se entiende que el aborto en el Estado ya está despenalizado por sus diversas excluyentes, por sustitución de penas, y por la buena fe con la que las autoridades deben tratar a la víctima de violación, despenalización que no está a discusión, ¿entonces dónde está la discrepancia?; Esta en que lo que se pretendía era legislar que el aborto se convirtiera en un hecho jurídico, es decir una acción legal, un acto conforme a derecho, una conducta que no fuera opuesta a la norma; Mi opinión es que se confunde la excluyente de tener un derecho legítimo con la excluyente de encontrarse en un estado de necesidad, confundiendo conceptos como el despenalizar con legalizar.
Con estos antecedentes hoy no debería haber mujeres acusadas del delito de aborto en prisión (hasta la última cifra que tuve del mes de septiembre del 2019, así era, no había). Entonces, si en la práctica ya puede realizarse un aborto ¿qué defendemos los provida?, parecería una batalla perdida, y que el argumento “de todas formas lo van a hacer” es valido. Creo que no logramos un acuerdo porque nosotros no defendemos a la persona, pues a pesar que nos llamen profeto para denostarnos (cosa que no logran porque lo que se demuestra es la ignorancia de conceptos) los provida no defendemos el objeto material, defendemos el objeto jurídico es decir la vida.
Estamos debatiendo al mismo tiempo dos debates diferentes como si fuera el mismo, la base de nuestra postura no está en que, si ya es persona o no, lo que nos sostiene es mucho más simple, objetivo y de fácil comprobación científica, lo que cuestionamos es solo si hay vida o no. Porque si es persona, si es individuo, si es ciudadano, la realidad es que no nos importa, eso son conceptos efectivamente convencionales, son acuerdos que transmutan, que evolucionan, que cambian, subjetivos (aunque nuestro código civil si contempla al producto del embarazo desde la concepción como persona), lo que no cambia es que desde el momento de la implantación hay vida, vida humana, un homo sapiens, en pocas palabras defendemos la vida humana de una potencial persona.
Pero ¿porqué o para qué nos importa preservar la vida de un humano que puede que no sea todavía persona? para mí es importante que no se legalice el aborto, que no se elimine de los delitos, que se realice sin sanción únicamente con excluyentes, porque el causar la muerte del producto de la concepción en cualquier momento del embarazo, el causar la extinción de vida humana, no debe ser la conducta incluyente, no debe ser la norma, lo normal, no debe ser lo ordinario sino lo extraordinario.
Nos acusan que nuestros principios son metáforas regidas por preceptos religiosos y “morales” (aunque nadie me ha podido decir una conducta en el ser humano que sea amoral cosa diferente a inmoral) para mí, es algo mucho más terrenal, egoísta, y poco espiritual; creo que para poder vivir en sociedad, lo conveniente, es mantener ciertas líneas y principios que no estemos dispuestos a cruzar, ya que donde todo es subjetivo, donde todo es un acuerdo, donde todo vale, nada vale.
Creo que causar la muerte en condiciones tan desiguales, normalizarlo, exponerlo y pretender educarlo sin lugar para cuestionamientos, como si esto fuera un derecho, a mi parecer no es lo más inteligente para la supervivencia, menos para la sobrevivencia. Ahora bien, si el debate es la pobreza, los abusos sexuales, la falta de prevención, la violencia intrafamiliar, la trata infantil, la explotación laboral, el maltrato, la falta de oportunidades, la discriminación, la desigualdad, las condiciones poco favorables para que esta vida humana se desarrolle y se convierta en una persona, en un individuo decente y feliz (la búsqueda de la felicidad y el pensar que puede existir alguien que no sufra para mi es lo metafórico), el sistema de salud, la capacitación, el desempleo, la corrupción es el problema, propongo que no le demos vuelta y confrontemos estos temas.
Para mí, estas problemáticas si tienen sentido en el pleno de un congreso, por estos temas claro que se debe marchar, alzar la voz, exigir, opino que el aborto legal es un paliativo y un juego de palabras que sirve de pantalla para no solucionar los problemas de fondo, podemos argumentar que es casi lo mismo, que lo importante es la idea, pero no, las palabras tienen significado, el lenguaje es la base de la cultura, si se piensa, se dice, y se escribe, pronto se hará.
El peligro es que cualquier argumento usado para legalizar el aborto, puede ser usado para legalizar cualquier delito, los invito a que discutamos la castración química a violadores, discutamos lo que están haciendo o dejando de hacer las instituciones encargadas de la protección de las niñas y los niños (porque dinero si hay), discutamos el porqué de la descomposición de la sociedad, reflexionemos ¿porqué se puede estar de acuerdo con el aborto legal, pero no con la pena de muerte?, preguntémonos ¿qué es lo que nos hace tener más empatía por la vida animal que por la humana?.
Estas son algunas de mis razones para luchar para que no deje de señalarse que el aborto es un acto inicialmente delictivo, a pesar que el sujeto activo no sea sancionada con cárcel, creo firmemente que lo que nos mueve es el miedo, y si tengo miedo a vivir en un lugar donde lo normal, lo común, lo moral, donde lo justo sea eliminar la vida humana para eliminar un problema, donde el aborto ahora sea un ejemplo de compasión y dignidad que otorga el Estado a la mujer que sufre, es vulnerable y se encuentra desarmada, un lugar donde el derecho consista en que quien debe proteger sea el causante de la muerte de otro ser humano, en el momento donde más vulnerable es y en el lugar donde más seguro debería estar. Por último quiero invitar a todos los que están a favor del aborto y a todos los que están a favor de la vida a que vayamos juntos por el origen no por las consecuencias, vamos por lo que estamos de acuerdo las dos partes, actuemos para que las causas que argumentan el aborto se acaben y propongo que ya atacadas estas causas, si el aborto sigue siendo el problema que exponen entonces si entremos al debate de la necesidad de trasmutar el aborto de un delito a un derecho.