
Este jueves fue publicado en el Periódico Oficial, el decreto de adición a la Ley del Sistema de Seguridad Pública SLP, donde se indica que al momento en que las dependencias de Seguridad Pública deban integrar a un perro a la Unidad Canina, este deberá provenir de un albergue establecido en el estado.
El decreto que adiciona al artículo 31 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública, tiene el propósito de contrarrestar la problemática de sobrepoblación de animales en situación de calle en SLP.
Las unidades caninas a nivel estatal y municipal, deberán de integrar en sus equipos a cachorros que se encuentren en los albergues de la entidad. Este decreto además de ayudar con el aumento desmedido de canes, brindará al cachorro un espacio que permita contar con alimento y techo, y una vida útil.
ARTÍCULO 31. … Cuando se trate de incorporar elementos caninos, deberá darse prioridad de integrar cachorros que se encuentren en albergues de animales establecidos en la Entidad. TR
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