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Leyes brindarán mayor protección a niños, jóvenes, adultos mayores y analfabetas

Esta modificación aplica mayor certeza en circunstancias particulares de las víctimas

A propuesta del diputado Marco Antonio Gama, el Congreso del Estado aprobó el Decreto que adiciona segundo y tercer párrafos al artículo 14 de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de San Luis Potosí, para brindar mayor certeza de la aplicación del principio pro homine, mejorando la claridad ofrecida por la Ley en cuanto a las facilidades existentes para las quejas de las víctimas

Con esta modificación, se establece que en el caso de que los solicitantes sean menores de edad, o personas adultas mayores, o personas que no sepan o no puedan leer o escribir, las quejas y denuncias podrán presentarse de manera oral, para lo cual aplicará los criterios de suplencia y de acción afirmativa.

En el caso de personas que no hablen español, o lo hablen de manera insuficiente,  o de las personas que pertenezcan a  grupos de atención prioritaria, cuando así se requiera, especialmente cuando no sepan leer o escribir, la Comisión deberá proporcionar una persona intérprete de su lengua o bien en su caso la lengua de señas mexicanas,  para que puedan presentar su queja o denuncia de manera oral.

Indica que el principio Pro Homine, busca el mayor beneficio para la persona humana que, en una relación de competencia o litigio, se encuentre mayormente afectada en sus derechos humanos, o esté en peor condición para defenderse, o para hacer efectivos sus derechos, ante lo cual debe aplicar, en todos los casos, la suplencia en la deficiencia de la queja.

Con esta reforma se brinda mayor certeza de la aplicación del principio pro homine, mejorando la claridad ofrecida por la Ley en cuanto a las facilidades existentes para las quejas de las víctimas, a la par que se extienden y clarifican los lineamientos de la suplencia en la actuación de la Comisión.

Seguiremos informando.

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