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Breve crónica de cómo se condena a un inocente: el caso de Miguel Lutzow

* Por Héctor U Tello B.

«Luego nos preguntamos si el sistema judicial de este país debe cambiar, ¡Claro que debe dársele una sacudida!»: mayoría del pueblo de México.

Once de la mañana, lunes 7 de octubre de 2024.

Se abre la audiencia de sentencia. La presidenta del Tribunal de Enjuiciamiento Claudia Hernández Ibarra abre las posturas de cada parte. Su imagen pareciera la de una jueza justa. Miro a la hermana de Miguel que se llama Rosy quien ha empezado a rezar. Su esposa Mayra no ha llegado. Volteo para ver a Pepe Ortiz de Astrolabio y echo una última mirada a Miguel Lutzow, sus piernas empiezan a bailar solas.

Fiscalía: Miguel Lutzow es culpable del delito porque se ha «demostrado con las múltiples evidencias aquí mostradas que cometió el delito de Uso abusivo de funciones en detrimento de recursos del estado y de los ciudadanos, debe declararse culpable.

Me pregunto yo: ¿cuáles evidencias?, si durante 9 audiencias y 26 testigos presentados ninguno pudo acusar a Miguel Lutzow de haber obtenido beneficio de ese dinero (que es lo que dicen sus “testigos protegidos” Francisco N., Jorge N. y Acuña, de que habrían llegado en 4 maletas y que Francisco N dijo que contenía dinero, dinero que no sacaron, no lo contaron ni nada, y solo después Adrián N que es quien lo recibe (esposo de Mónica N.), ordena se lo llevaran. Ah, pero Miguel estaba ahí viendo, no hay que olvidarlo porque es importantísimo, y eso quizá lo haga culpable.

Asesor Jurídico del Estado: Miguel Lutzow es culpable en cometer uso abusivo de funciones en detrimento de recursos públicos del estado, los cuales deben usarse para los ciudadanos, porque se así ha quedado demostrado con cada testigo aquí presentado que cometió el delito de «Uso abusivo de funciones».

¿Suena conocido? Pues si es lo mismo. Casi no cambiaron palabras de la fiscalía y el abogado del estado.

Entonces vuelvo a preguntarme: ¿me perdí perdí algo? Si después de 9 audiencias y 26 testigos no se pudo comprobar que Miguel Lutzow firmó un documento para la adquisición del plaguicida, que fue base para la simulación de una compra ficticia hecha en mayo del 2020 con la empresa Public Health de Monterrey. Me respondo: no, no existe tal documento. Y me agrego: hubo un documento falso, con una firma dudosamente falsa, que dolosamente quiso meter la Fiscalía y fue desechado por no ser parte de la carpeta inicial.

Entonces remato mentalmente: La Fiscalía y el estado solo tienen como base de pruebas los dichos de los testigos que tienen en calidad de «protegidos», cuando debieran ser indiciados, y la defensa de Lutzow, Alejandro Manríquez los ha desnudado uno a uno, desarmado. No debe haber problemas.

Toca turno a la defensa.

Abogado Alejando Manríquez Laguna: Solicito a este Tribunal un pequeño receso para acomodar material de apoyo.

– Concedido. Decide el Tribunal. Cinco minutos de espera. El abogado Martín del Bufete MLegal coloca en una mesa 8 monos de madera con 8 nombres: Mónica, Bandala, Perales, Lozano, Adrián, Miguel, Acuña y Patricia. Los abogados de la Fiscalía se miran entre ellos, y luego a los muñecos, les parecen entidades extrañas con nombres conocidos.

Alejandro Manríquez: «Solo basta una mentira para destruir mil verdades», «El chisme no puede consignarse.» Arranca la defensa y se escuchan las dos frases contundentes en la sala.

Después continúa diciendo que la Fiscalía nunca armó un caso serio, investigado y documentado y tal como lo pide el Código de Procedimientos Penales. Que se ha demostrado la poca seriedad de la investigación de parte de la Fiscalía y que los testigos mintieron, cambiaron versiones, modificaron, quisieron ampliar, cosas que quedaron ventiladas y de las que el Tribunal fue testigo. Que uno de ellos Acuña cambió su versión oficial; que Patricia dijo otras fechas y dio datos de otra cuenta; que Lozano representante de la empresa y ante el riesgo de ser incriminado en el contra examen y su nerviosismo, decidió abstenerse de seguir; que la Fiscalía quiso presentar un documento falso con la supuesta firma de Miguel, ya que no tenían un documento que lo incriminara, y así. Después les remató con dos sendas Jurisprudencias, una de ellas, que habla de la obligatoriedad de que la Fiscalía debió haber usado un especialista cuando se trate de correos electrónicos, y otra más. Luego contundentemente: ¿por qué nunca se siguió la trazabilidad del dinero? La fiscalía hizo un trabajo que deja mucho que desear…

Así concluyen los alegatos, la presidenta del Tribunal recuerda que se tiene que hacer un análisis riguroso del caso y que deberán regresar en el tiempo que sea necesario para dictar la Sentencia.

Salimos de la sala, caminamos Rosy, Pepe y yo buscando algo de comer, son cerca de las 12:00 horas. No creemos que regresen a la 1 de la tarde. Regresamos a la una y ya está Martín Rodríguez de Pulso esperándonos. Pasan las 2, las 3, las 4, las 5, justo cuando dan las 6 de la tarde una chica grita: ¡caso 68/2024 sala 3!

No sabemos qué esperar después de tantas horas; o analizaron demasiado el caso o justificaron demasiado la decisión. No sé por qué, pero se siente un ambiente de desesperanza que toma sentido con lo frío y vacío que está ya a esa hora el Centro de Justicia Penal.

Una vez iniciado, la presidenta del Tribunal da el uso de la voz al Juez Fernando Zapata Guzmán, quien será el secretario relator.

Fernando Zapata Guzmán:

…que las circunstancias de modo tiempo y lugar de la entrega del dinero han quedado demostrados.

…¡¡que las circunstancias del beneficio económico del doctor Miguel Lutzow han quedado demostradas porque se hizo una dispersión de una cuenta de los servicios de salud a la empresa Public Health¡¡

…que en esa reunión estaban Francisco Perales, Francisco Acuña, Adrián Larraga y Miguel Lutzow, y que el representante de la empresa Jorge Lozano llegó con 4 maletas, que se veía que traían fajos de billetes y que Miguel estaba presente con lo que se acredita el modo, tiempo y lugar de su responsabilidad.

… que las circunstancias de haber estado en muchas reuniones de Covid hacen ver que estuvo en la reunión de dengue (por qué no me digo yo de una vez), donde se tomó la decisión de la compra del plaguicida por parte de Miguel Lutzoz ya han quedado demostrados.

Luego el Juez Zapata Guzmán incluso miente poniendo palabras que Miguel Lutzow no dijo en su declaración, de que él no había participado en reuniones que tuvieran que ver con dengue, solo con Covid.

-¡Mocos!-. Me digo. Todo para la Fiscalía, nada para la defensa.

Esto ya toma tintes siniestros -pienso-. Mientras veo a unos metros a un secretario relator que se esfuerza por sonar convincente lo que a nosotros suena a broma negra.

…que Miguel Lutzow en su declaración confirmó haber sido primero director de salud pública y luego director de los servicios de salud con lo que queda confirmada su funciones y responsabilidades, y las órdenes que dio.

…que los argumentos de la defensa solo sirven para confirmar los argumentos de la Fiscalía.

No mames. El colmo pienso.

Ahora resulta que el Abogado Manríquez no trabaja para Miguel Lutzow sino para la Fiscalía. Suena a realismo fantástico.

Finaliza el Juez Zapata Guzmán: “Por tanto en este Juicio de Reproche se emite Fallo Condenatorio”.

Se hace un intercambio de alegatos entre el abogado Manríquez Laguna y el Juez Relator. Le pide explique su posición y si Miguel es culpable por acción u omisión.

– Eso se verá en el documento final. Dice ya encabronado el Juez Zapata.

Se levanta la sesión.

Rosy la hermana de Miguel no está desconsolada, está encabronada, se siente ultrajada. “Para que gastar y hacer el esfuerzo por estar aquí si van a hacer lo que quieren”… habla, intenta gritarlo. No es de quienes arman líos se le ve. Se ve que humilde y respetuosa.

Mayra me ríe, es una de esas sonrisas de compromiso y cansancio mental y físico; no sabe qué decir, no hay nada qué decir. Nos despedimos.

Afuera, la oscuridad es el elemento perfecto para la pesadumbre. Si yo siento feo, no me imagino a los padres de Miguel, sus hijos, su esposa, sus hermanos, Miguel mismo.

Esto es una canallada de tipo legal.

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