
Para garantizar el derecho a la salud, tutelado por la Constitución y por los tratados internacionales suscritos por México, además de fortalecer la protección penal frente a conductas que atentan contra la vida y la integridad de los ciudadanos, la diputada Martha Patricia Aradillas Aradillas presentó una iniciativa para reformar el Código Penal del Estado.
En la exposición de motivos manifestó que el ejercicio de las profesiones relacionadas con la salud constituye una de las actividades de mayor relevancia social, ya que de ellas depende, en gran medida, la vida, la integridad física y el bienestar de las personas. La confianza que la población deposita en médicos, especialistas, responsables de farmacias y demás profesionales del ramo, exige que su actuación se apegue estrictamente a la legalidad, a la ética y a los más altos estándares de responsabilidad.
No obstante, en la práctica se han detectado diversas conductas que vulneran la seguridad de los pacientes, tales como: el ejercicio indebido de la profesión, la ostentación de especialidades médicas no reconocidas, la reincidencia en faltas graves de atención, así como la sustitución arbitraria de medicamentos prescritos.
La legisladora Aradillas Aradillas considera que estas conductas no solo ponen en riesgo la salud, sino que generan un grave menoscabo a la confianza ciudadana en las instituciones y profesionales sanitarios. La legislación vigente contempla sanciones para quienes incurren en estas prácticas, sin embargo, se ha observado que las penas resultan insuficientes frente a la magnitud del daño ocasionado, lo que fomenta la impunidad y limita el efecto preventivo de la norma.
Existen vacíos legales en lo relativo a la actuación indebida de personal encargado de farmacias y boticas, que sustituyen medicamentos sin autorización, lo cual puede ocasionar complicaciones médicas severas e incluso la pérdida de vidas humanas.
Recordó que en el mes agosto del presente año, una mujer denuncio una negligencia médica tras vivir durante 6 meses con un catéter doble vencido, luego de una fallida cirugía que le fue realizada. En el presente mes de septiembre, una enfermera le aplico un medicamento a un menor de edad, mismo que le provoco un paro cardiaco teniendo que ser ingresado a terapia intensiva.
El delito se sancionará con una pena de inhabilitación de un mes a dos años en el ejercicio de la profesión o privación en caso de reincidencia, además de las penas fijadas por los delitos que resulten consumados, según sean dolosos o culposos, bajo esta última forma de realización será perseguible por querella, y estarán obligados a la reparación de los daños por sus actos propios o de sus auxiliares, cuando éstos obren de acuerdo con las instrucciones de aquellos. Además de los gastos médicos y/o funerarios que en su caso resulten.
En el caso de que un médico se ostente con una especialidad no validada legalmente o en caso de reincidencia por cualquiera de los supuestos anteriores, la punibilidad señalada en el artículo 246, se aumentara en una mitad.
A los responsables, encargados o empleados de una botica o farmacia, que al surtir una receta sustituyan la medicina específicamente recetada, por otra que cause daño o sea evidentemente inapropiada al padecimiento para el que se prescribió, se les impondrá una pena de un mes a tres años de prisión, y sanción pecuniaria de sesenta a doscientos días del valor de la unidad de medida y actualización, además de la reparación del daño ocasionado.
La iniciativa se encuentra en análisis en las comisiones correspondientes para su estudio y dictamen.
Seguiremos informando.