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Ayuntamientos deben cobrar el predial, está en la Constitución

El diputado Rubén Guajardo Barrera afirmó que la clave que no existe un impuesto exclusivo para la Zona Industrial, pues todo terreno dentro de la capital está en un mismo esquema fiscal

San Luis Potosí, S.L.P.– El diputado local, Rubén Guajardo Barrera, afirmó que la facultad de cobrar el impuesto predial reside exclusivamente en los Ayuntamientos, tal como está establecido en la Constitución Mexicana, específicamente en su artículo 115, que otorga la responsabilidad a los municipio para administrar y recaudar este concepto.

Ante una posible propuesta de reforma que permitiría a otra instancia gubernamental asumir esa responsabilidad en la Zona Industrial de la capital potosina, el legislador panista recordó que la ley es clara y cualquier intento de transferir esa función puede ser impugnado por las autoridades municipales. Aunque existen casos donde se han firmado convenios para que el Gobierno Estatal colabore en la recaudación, los ingresos generados siguen siendo patrimonio del Municipio y no pueden ser reasignados de manera unilateral.

Guajardo también subrayó que no existe un “predial exclusivo de la Zona Industrial”, ya que todas las áreas dentro del municipio forman parte del mismo esquema fiscal. Añadió la clave para fortalecer los servicios públicos e infraestructura de la zona, sin transgredir el marco constitucional, se encuentra en la buena relación y coordinación entre entidades gubernamentales.

En ese contexto, enfatizó que el desarrollo de la Zona Industrial requiere inversiones importantes, particularmente en vialidades y servicios municipales, pero insistió en que cualquier acción debe realizarse respetando los límites legales.

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